La Justicia de Entre Ríos hizo lugar este miércoles a la cautelar por los comedores escolares en Entre Ríos y ordenó al Gobierno provincial suspender la distribución de alimentos con sellos de advertencia en las escuelas públicas, mientras garantiza sin interrupciones la modalidad de compra vigente antes de la reforma. La resolución, dictada por el juez Juan Francisco Malvasio en el marco de un amparo colectivo promovido por un grupo de padres, AGMER y la Fundación CAUCE, llega en medio de una serie de cuestionamientos al nuevo sistema centralizado de provisión a cargo de la empresa Teknofood S.A., que el propio Gobierno confirmó que apelará.
La medida cautelar fue dictada este 5 de agosto por el doctor Juan Francisco Malvasio, vocal de Juicio y Apelaciones N.º 9 de Paraná, en el marco de una acción de amparo colectivo (Legajo de OGA N.º 36759) promovida el 31 de julio. La demanda fue impulsada en conjunto por un grupo de padres y madres —patrocinados por los abogados María Aldana Sasia y Rubén Alberto Pagliotto—, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER), representada por Verónica Fischbach, y la Fundación CAUCE: Cultura Ambiental, Causa Ecologista, representada por Valeria Inés Enderle. Los amparistas solicitaron que se ordenara a la Provincia abstenerse de ofrecer o distribuir en las escuelas públicas alimentos que contuvieran uno o más sellos de advertencia, en los términos del artículo 12 de la Ley Nacional 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, y pidieron además que el Estado informara y justificara técnicamente el nuevo esquema.
Es importante distinguir dos planos. Lo que la cautelar resuelve, según el propio fallo, se limita a un extremo verificable: si los productos concretamente distribuidos son aptos para causar un perjuicio a la salud infantil por contener sellos de advertencia. El magistrado aclaró expresamente que no integra el objeto de esta decisión ninguna valoración sobre la legalidad, oportunidad o mérito del procedimiento de contratación con Teknofood S.A.: eso quedará para la sentencia definitiva. Los cuestionamientos a la licitación —el monto adjudicado, la falta de publicación en el Boletín Oficial, el perjuicio a los proveedores locales— no fueron lo que el juez resolvió esta semana, aunque integran el mismo conflicto y el petitorio de fondo de la demanda.
Alumnos durante el desayuno escolar, la prestación que la cautelar por los comedores escolares en Entre Ríos ordenó no interrumpir.
Para fundar la medida, Malvasio se apoyó en la documentación que la propia Provincia incorporó al expediente administrativo (RU 3277091), donde se constató que al menos 23 alimentos de la marca «Abanderado», ofertados por Teknofood, exhiben sellos octogonales —varios por exceso de azúcares, sodio y grasas, y algunos budines con hasta cuatro sellos por exceso de calorías—. Sobre esa base, el juez tuvo por configurado un «flagrante incumplimiento» del artículo 12 de la Ley 27.642 y aplicó el principio precautorio y el interés superior del niño, consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Constitución provincial, para conceder la cautelar.
La resolución no interrumpe el servicio alimentario escolar: ordenó a la Provincia garantizar «en forma simultánea e ininterrumpida» la provisión de productos no alcanzados por la prohibición, transfiriendo fondos a cada escuela para la compra descentralizada de leche, frutas, panificados y otros alimentos frescos o mínimamente procesados, bajo la modalidad vigente antes de la implementación del sistema centralizado.
Enterar